jueves, 28 de noviembre de 2013

¿¿Administraciones Exteriores??

Muy buenas a tod@s de nuevo!!

Hoy, en nuestra sesión de Fundamentos de #CienciadelaAdministración vamos a explicar qué es la #AdministraciónExterior.


Cargos:
  • Líder: Ada
  • Gestor: Guille
  • Secretaria: Nerea
  • Asesores: Ana, Víctor y Lorena

 ¿Qué es la Administración Exterior?


Según la LOFAGE, la Administración General del Estado en el exterior está integrada por las misiones diplomáticas, permanentes o especiales; las representaciones o misiones permanentes; las delegaciones; las oficinas consulares; las instituciones y organismos públicos de la Administración General del Estado cuya actuación se desarrolla en el exterior.

 

¿Cuántas, cuáles son, y que hacen cada una de ellas?


Las Misiones Diplomáticas Permanentes representan el Reino de España ante el o los Estados con los que tiene establecido relaciones diplomáticas. Ejemplo: las embajadas.


Las Misiones Diplomáticas Especiales representan temporalmente el Reino de España ante un Estado, con el consentimiento de este, para un cometido determinado.

Las Representaciones o Misiones Permanentes representan con este carácter al Reino de España ante una Organización internacional.

Las Delegaciones representan al Reino de España en un órgano de una organización internacional o en una Conferencia de Estados convocada por una organización internacional o bajo sus auspicios.
 
Las Oficinas Consulares son los órganos encargados del ejercicio de las funciones consulares, en los términos definidos por las disposiciones legales pertinentes y por los acuerdos internacionales suscritos por España.

Las Instituciones y Organismos públicos de la AGE en el exterior son los establecidos con autorización expresa del Consejo de Ministros, previo informe favorable del Ministro de Asuntos Exteriores, para el desempeño, sin carácter representativo, de las actividades que tengan encomendadas en el exterior.

En cumplimiento de las funciones que tienen encomendadas y teniendo en cuenta los objetivos e intereses de la política exterior de España, la AGE en el exterior colaborará con todas las instituciones y organismos españoles que actúen en el exterior y en especial con las oficinas de las Comunidades Autónomas.


EMBAJADORES Y REPRESENTANTES

- Los embajadores y representantes permanentes ante Organizaciones internacionales, representan al Reino de España en el Estado u Organización internacional ante los que están acreditados.

- Dirigen la AGE en el exterior y colaboran en la formulación y ejecución de la política exterior del Estado, definido por el gobierno, bajo las instrucciones del Ministro de Asuntos Exteriores, de quien funcionalmente dependen, y, en su caso, del o de los Secretarios de Estado del Departamento.



 José Manuel García-Margallo (Ministro de Asuntos Exteriores)

- Coordinan la actividad de todos los órganos y unidades administrativas que integran la AGE en el exterior, a efectos de su adecuación a los criterios generales de la política exterior definida por el Gobierno, de acuerdo con el principio de unidad de acción del Estado en el exterior.

- Son nombrados en la forma dispuesta en la normativa reguladora del Servicio exterior.

- El representante permanente adjunto ante la UE se equipara a los Embajadores y representantes permanentes, a los efectos del apartado 4 del artículo 6 y de los apartados 2, 3 y 4 del artículo 37 de la LOFAGE.


ÓRGANOS SUPERIORES Y ÓRGANOS DIRECTIVOS

Dentro del Ministerio de Exteriores diferenciamos en los órganos superiores al Ministro y a las tres Secretarías de Estado, que son: Secretaría de Estado de Asuntos Exteriores, Secretaría de Estado para la Unión Europea y Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica.

Por otra parte, en los órganos directivos están: La Secretaría General Técnica, la Dirección General del Servicio Exterior y la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, todos ellos dentro de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores y de Cooperación. 


Además, también están dentro de los órganos directivos: Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, Dirección General de Medios y Diplomacia Pública, Oficina de Información Diplomática e Introductor de Embajadores. 

¿Otras formas de representar a España? 

Sí, hay otras formas de representar a España en el exterior al margen de los representantes oficiales, es decir, los que no son embajadores o cónsules. Ya que proyectan la imagen de España más allá de una institución oficial aunque no se les reconoce ese rol.

Entre ellos podemos destacar:

-La casa real





-Deportistas





-Actores








-Escritores






 
-Pintores



 


-Músicos




-Organizaciones no Gubernamentales



-La cultura nacional



Entre las formas anteriores, nos centramos en “Marca España”.




Este nuevo invento de marketing del que recientemente escuchamos hablar por todos lados, pero, ¿sabemos en realidad qué es?

Marca España es una política de Estado, cuya eficacia reside en el largo plazo. La garantía de la continuidad del proyecto Marca España es que nazca y se desarrolle fruto del consenso, por encima de cambios políticos.
¿Quién es Marca España exactamente?
Como ellos mismos se denominan, “Marca España somos todos…”, pero un poco más específicamente diremos que es el Estado quien debe pilotar la estrategia de la Marca España, pues es quien posee una visión de conjunto y quien, por definición, buscará siempre, entre el sinfín de intereses contrapuestos, la consecución del bien común. Sin embargo, el Estado impulsa y anima, pero no decide ni actúa solo.
Ni tanto, a pesar que detrás de todo esto se encuentran diversas empresas, marcas e incluso famosos, tenemos que centrarnos especialmente, como dice el Real Decreto 998/2012, “Artículo 3. Dependencia.” escrito en el BOE (http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-8672) quien respalda esta iniciativa es ni más ni menos que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.



Este Real Decreto creó la figura del Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España, a quien compete la planificación, el impulso y la gestión coordinada de las actuaciones de las Administraciones Públicas, de los organismos públicos de ellas dependientes y de cuantas entidades públicas y privadas protagonizan y están implicadas en la promoción de la imagen exterior de España en los ámbitos económico, cultural, social, científico y tecnológico.
Tomó posesión de este cargo Carlos Espinosa de los Monteros.



¿Que pretende entonces Marca España? ¿Cual es su objetivo?
Su objetivo es mejorar la imagen de nuestro país, tanto en el interior como más allá de nuestras fronteras, en beneficio del bien común. En un mundo global, una buena imagen-país es un activo que sirve para respaldar la posición internacional de un Estado política, económica, cultural, social, científica y tecnológicamente.
Para ello se respaldan principalmente con el turismo, el deporte, las infraestructuras españolas, el cine, arte, el patrimonio, la gastronomía, las fiestas y tradiciones, su historia...





jueves, 14 de noviembre de 2013

¿¿Administraciones Funcionales o Institucionales??

¡¡Hola otra vez!!

Esta semana en esta clase de Fundamentos de la #CienciadelaAdministración los cargos se repartirán:
• Líder → Lorena
• Gestor → Ana
• Secretario → Víctor
• Asesores → Ada, Guille, Nerea y Pablo

Nuestro objetivo esta semana va a ser explicaros qué son las Administraciones Funcionales o Institucionales. Para que lo entendáis:

Las Administraciones funcionales o institucionales, son organismos públicos bajo la dependencia de la AGE que gozan de personalidad jurídica pública diferenciada, es decir:

a) Patrimonio propio.
b) Tesorería propia.
c) Autonomía de gestión.
Tiene estatutos propios, los cuales le conceden autonomía de gestión propia.Actualmente, a causa de la crisis económica, este tipo de administración es la que más ha sufrido recortes.Existe un plan de reestructuración y racionalización del sector público, empresarial y fundacional estatal para conseguir adaptar esta administración a la crisis económica actual.






Los Organismos públicos se clasifican en:
  • a) Organismos autónomos.
  • b) Entidades públicas empresariales.
  • c) Agencias Estatales, que se regirán por su normativa específica y, supletoriamente, por esta Ley.

¿Qué hacen?

Cada una de las administraciones funcionales tiene un objetivo propio. Según la LOFAGE hay tres tipos de administraciones funcionales (Agencias, Empresas públicas y Organismos autónomos). A continuación pondremos un ejemplo de cada una de ellas.


ORGANISMOS AUTÓNOMOS
El ejemplo que pondremos en este apartado es el Instituto Nacional de Estadística.

La Ley atribuye al INE las siguientes funciones:
Instituto Nacional de Estadística
- La formulación del Proyecto del Plan Estadístico Nacional con la colaboración de los Departamentos Ministeriales y del Banco de España.
- La propuesta de normas comunes sobre conceptos, unidades estadísticas, clasificaciones y códigos.
- Las relaciones en materia estadística con los Organismos Internacionales especializados y en particular con la Oficina de Estadística de la UE (EUROSTAT).

- La formación del Censo Electoral de acuerdo con lo establecido con la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y de la coordinación y gestión continua informatizada del Padrón según lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.



EMPRESA PÚBLICA o ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL
Como ejemplo pondremos el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Entre sus funciones están:
- El reconocimiento y control del derecho a las prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva.
- El reconocimiento y control de las prestaciones familiares de modalidad no contributiva.
- El reconocimiento y control de la condición de persona asegurada y beneficiaria, ya sea como titular, familiar o asimilado, a efectos de su cobertura sanitaria.
- En el ámbito internacional, la participación en la negociación y ejecución de los Convenios Internacionales de Seguridad Social y la pertenencia a asociaciones y Organismos internacionales.
- La gestión del Fondo Especial de Mutualidades de Funcionarios de la Seguridad Social.
- La gestión y funcionamiento del Registro de Prestaciones Sociales Públicas.
- La gestión de las prestaciones económicas y sociales del síndrome tóxico.
- La gestión ordinaria de sus recursos humanos, en la medida y con el alcance que determine el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- La gestión ordinaria de los medios materiales asignados a su misión.
- La realización de cuantas otras funciones le estén atribuidas legal o reglamentariamente, o le sean encomendadas por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Sede de la Seguridad Social

AGENCIAS
Pondremos como ejemplo la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Su función principal es la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y aduanero, así como aquellos recursos de otras administraciones públicas nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión se le encomienda por ley o por convenio.

Por tanto, corresponde a la Agencia Tributaria aplicar el sistema tributario de tal forma que se cumpla el principio constitucional en virtud del cual todos han de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica. No obstante, no tiene competencias para la elaboración y aprobación de normas tributarias, ni para asignar los recursos públicos entre las diversas finalidades: esto es competencia de los Ministerios (Administración Nuclear).

Entre sus misiones también está el fomento del cumplimiento por los ciudadanos de sus obligaciones fiscales. Para ello desarrolla dos líneas de actuación:
1. Por una parte, la prestación de servicios de información y asistencia al contribuyente para minimizar los costes indirectos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias.
2. Por otra parte, la detección y regularización de los incumplimientos tributarios mediante actuaciones de control.















A partir de la información extraída de la agencia tributaria, del ministerio de hacienda, el INE, el INSS y otros artículos relacionados con las administraciones funcionales, y expuesto el significado de este concepto, que instituciones lo componen y cuales son sus respectivas funciones.
Nos centraremos especialmente en el plan de racionalización del sector público para adaptar la teoría a la realidad política y económica de nuestro país a día de hoy.

Los principales objetivos extraídos de este plan aprobado por el consejo de ministros en 2012 se materializan en reducción del número de administraciones, una mejor utilización de las capacidades públicas de supervisión y control, y una reducción de los gastos.

Para ello, algunas medidas que se han tomado cada Ministerio, respecto de las sociedades mercantiles dependientes afectadas, son:
  • Autorizar los planes de redimensionamiento
  • Impulsar los procedimientos de desinversión
  • Impulsar los procesos de liquidación.
  • Impulsar reformas normativas necesarias para dar cumplimiento al Acuerdo.
  • Implantar sistemas de racionalización del gasto.

Simplificado: Más tijera,










o como diría la parodia del coreano más famosos de la actualidad musical, “APAÑAOS ESTÁIS”